Daños Morales a Ex-soldados Conscriptos de Chile.

GUILLERMO PATTILLO ALBARES.

ley. Servicio Militar O.

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JEFE GABINETE MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DE CHILE
La ley Nº 1.362 de 1900 consideraba que todos los chilenos entre 20 y 45 años
estaban obligados a servir en el Ejército, situación que se basaba en el artículo
156 de la Constitución Política de 1833
5
La duración se fijó por un período de un .
año en el Ejército activo, desde los 20 a 21 años de edad, debiendo permanecer
en servicio por lo menos nueve meses
6
A partir de entonces Chile pasó a .
convertirse en el primer país de la región en contar con este tipo de institución y de
paso terminó con la conscripción de Guardias Nacionales

Sub. Secretario MDN

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ALFONSO VARGAS LYNCH